Casco obligatorio y edad mínima de 15 años: entran en vigor las nuevas normas para los patinetes eléctricos

Sociedad

Desde este 1 de octubre entran en vigor nuevas obligaciones para los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). El casco pasa a ser obligatorio y se fija en 15 años la edad mínima para conducirlos. Los patinetes también deben estar inscritos, asegurados y disponer de identificación.

Los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP) tienen desde este 1 de octubre de 2026 nuevas normas de circulación, tras la entrada en vigor de la reforma del Reglamento General de Circulación.

El Ayuntamiento de Tres Cantos y la Policía Local han informado de las principales novedades que afectan a estos vehículos, cada vez más habituales en los desplazamientos urbanos.

Una de las principales modificaciones es el establecimiento de una edad mínima de 15 años para conducir un VMP. Además, sus usuarios deberán utilizar casco de protección.

Más visibilidad para los usuarios

Durante la noche o cuando existan condiciones de baja visibilidad, los usuarios deberán llevar elementos que permitan mejorar su visibilidad.

En el caso de las personas que utilizan bicicletas, patinetes eléctricos, ciclomotores o motocicletas para desarrollar una actividad profesional, será obligatorio utilizar casco y chaleco reflectante.

La normativa incorpora además otro cambio que entrará en vigor dentro de un año: a partir del 1 de octubre de 2027 será obligatorio llevar encendido durante el día el alumbrado del propio VMP.

Los vehículos de movilidad personal son vehículos de una única plaza propulsados exclusivamente por motores eléctricos y cuya velocidad máxima por diseño está comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora.

Ni aceras ni teléfono móvil

La Policía Local de Tres Cantos recuerda que los patinetes eléctricos no pueden circular por las aceras ni por las zonas peatonales y que tampoco está permitido utilizar el teléfono móvil o auriculares durante su conducción.

El primer teniente de alcalde y concejal de Seguridad, Javier Juárez, señala que las nuevas obligaciones pretenden reforzar la protección de los usuarios y mejorar la convivencia en las calles.

“Desde la Policía Local también se informará sobre la nueva normativa y se velará por su cumplimiento, especialmente en aquellos aspectos con mayor incidencia en la seguridad vial”, ha indicado.

Registro, identificación y seguro obligatorio

Los propietarios de vehículos de movilidad personal deben inscribirlos en el Registro de Vehículos de la DGT. Tras la inscripción se obtiene un número identificativo y un certificado digital.

Con ese certificado se puede obtener la correspondiente etiqueta identificativa, que debe colocarse en el vehículo, y contratar el seguro obligatorio.

La inscripción puede realizarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico. Cuando el propietario sea menor de edad, el trámite online deberá realizarlo su tutor legal.

Atención a los patinetes antiguos: enero de 2027

Los VMP comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deben estar certificados.

Los vehículos adquiridos anteriormente que no dispongan de esa certificación podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha únicamente podrán hacerlo los VMP que cumplan los requisitos técnicos establecidos y cuenten con la correspondiente certificación.

La concejal de Movilidad, María del Mar Sánchez, ha destacado la necesidad de compatibilizar el creciente uso de estos vehículos con la seguridad de peatones y del resto de usuarios de las vías.

Toda la información sobre los requisitos, inscripción y normativa de los vehículos de movilidad personal puede consultarse en la Dirección General de Tráfico.